Opinión 

TEE: un árbol sin moras

Isidoro YESCAS

A nadie beneficia que una autoridad electoral jurisdiccional como el Tribunal Estatal Electoral se autodenigre y en el ejercicio de sus funciones sus magistrados pongan en duda los principios de “certeza, imparcialidad, legalidad y probidad” (art. 105, inciso 1, de la LEGIPE) .

Con la reforma político-electoral del 2014, los órganos jurisdiccionales dejaron de estar adscritos a los poderes judiciales estatales para “federalizar” su integración a través del Senado de la República. Asimismo, la facultad para elegir o remover al magistrado presidente se trasladó a los propios magistrados por votación mayoritaria.

No extraña que, al igual que ha ocurrido en forma preponderante con los organismos públicos electorales (oples), en el proceso de integración de los tribunales estatales los intereses partidistas se hubiesen impuesto sobre el cumplimiento de los propios requisitos legales, administrativos y hasta académicos de los aspirantes, porque eso mismo ocurría antes del 2014, cuando las fuerzas político-partidistas mayoritarias representadas en los congresos locales pactaban la conformación de los consejos de los institutos y la composición de los tribunales electorales.

Lo que llama la atención es que, en el caso específico de Oaxaca, los magistrados electorales del Tribunal Estatal Electoral designados con las nuevas reglas no se hubiesen esmerado en cuidar la imagen institucional y la suya propia, respetando no solamente el principio de probidad al que están obligados, sino procurando que las presuntas irregularidades de orden administrativo y laboral que ahora se ventilan , y sus diferencias políticas, se dirimieran civilizadamente sin tener que acudir al expediente de la súbita remoción y al escándalo mediático.

Al repasar los argumentos y evidencias que se presentaron cuando se removió de la presidencia a Victor Jimenez Viloria y compararlos con los que ahora se presentaron para hacer lo mismo con Wilfrido Raymundo López Vásquez, lo que se concluye en primera lectura es que, en ambos casos, el origen y desenlace del conflicto se originó en un descuido y/o indebido manejo de los recursos financieros, humanos y administrativos de la institución.

Sin embargo, el factor político no debe hacerse a un lado pues ya es del dominio público la identidad, si no es que la militancia partidista, de los tres magistrados, todo lo cual conduce a que, con independencia de lo que el título cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en materia de responsabilidades de los servidores públicos, es necesario que desde el congreso local se exhorte a los magistrados del TEE a superar sus diferencias y esmerarse en no poner en riesgo la credibilidad de la institución.

Debe hacerse para evitar que los escándalos mediáticos y la debilidad institucional de un órgano jurisdiccional se traduzca en foco de otro tipo de conflictos dentro y fuera del Tribunal Estatal Electoral.

Twitter: @YescasIsidoro

Mayo 30 del 2017.

 

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