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En semáforo naranja, sector comercial de la capital debe apegarse a ordenanzas del Ayuntamiento

  • Los establecimientos están obligados a cuidar el aforo máximo, así como respetar cabalmente los lineamientos técnicos aprobados por el Cabildo para salvaguardar la salud comunitaria.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 21 de diciembre del 2020.- Con el retorno del estado de Oaxaca a indicador naranja en el semáforo de riesgo epidemiológico, el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez recuerda a los sectores empresarial y comercial, así como a la ciudadanía, que los establecimientos están obligados a aplicar reglas sanitarias estrictas, así como respetar cabalmente los lineamientos técnicos aprobados por el Cabildo para salvaguardar la salud comunitaria ante la pandemia de COVID-19.

Ante la situación, el Gobierno Municipal recalca que para la realización de actividades comerciales en Oaxaca de Juárez se debe cumplir con lo establecido en el Esquema de reapertura de actividades económicas por nivel de riesgo epidemiológico (bit.ly/2WuS7Gv) y observar estricto apego a los Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de la actividad comercial en el Municipio de Oaxaca de Juárez (bit.ly/3e5wH98), ambos documentos están disponibles en www.municipiodeoaxaca.gob.mx.

Este esquema establece que, en semáforo naranja, los establecimientos con giros de venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, pueden funcionar con un aforo máximo del 40 por ciento.

En semáforo naranja los bares y antros, así  como aquellos con licencias de cantinas, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros, discotecas, centros nocturnos y salones de eventos sociales del sector privado deberán suspender su funcionamiento.

Por otra parte, los establecimientos educativos del sector privado, como escuelas del sector privado de todos los niveles podrán operar en la modalidad de educación a distancia.

En tanto, los establecimientos que prestan servicios de higiene personal como: estéticas, peluquerías y barberías, spa y centros de masaje, así como clínicas de belleza, funcionarán con un aforo máximo del 30 por ciento, en la modalidad de cita previa.

Asimismo, los comercios al por menor con actividades no esenciales como venta de: artículos deportivos, para el hogar, línea blanca, muebles y electrodomésticos, de papelería, perfumería, novedades y regalos, servicios de alquiler para eventos sociales, venta de telas y artículos de bonetería, entre otros, podrán funcionar con un aforo máximo del 40 por ciento.

Comercios con actividades de recreación y esparcimiento sin venta de bebidas alcohólicas como: gimnasios y clubes deportivos del sector privado, gotcha, boliches, albercas, baños públicos, billares, videojuegos, escuelas de disciplinas deportivas y academias de baile, podrán funcionar a un máximo del 30 por ciento de su capacidad.

Los cines operarán con un aforo máximo del 30 por ciento. Mientras que teatros, celebración de eventos sociales, balnearios, centros de diversiones y juegos infantiles del sector privado deberán suspender su funcionamiento.

Además, este esquema contempla que los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada tales como: expendios de mezcal; producción y distribución de cerveza artesanal, depósitos de cerveza, vinos y licores, tiendas de autoservicio, supermercados y abarrotes con venta de alcohol en botella cerrada, así como comercios englobados en este concepto, tendrán horario restringido para la venta de bebidas alcohólicas hasta las 19:00 horas.

Los establecimientos de control especial con venta de bebidas alcohólicas en botella abierta como: restaurantes con venta de bebidas alcohólicas solo con alimentos, restaurantes-bar, café-bar, billares, boliches y similares con venta de bebidas alcohólicas, su operatividad se dará con un aforo máximo del 40 por ciento. El horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas se restringe hasta las 21:00 horas.

Centros comerciales y tiendas departamentales deberán funcionar con un aforo máximo de 20 por ciento, además deberán establecer filtros sanitarios para el acceso, así como medidas que eviten aglomeraciones en áreas comunes.

En cuanto a los servicios de hospedaje sin licencia para venta de bebidas alcohólicas tienen autorizado operar a un 20 por ciento de su capacidad. Aquellos que cuentan con licencia para venta de bebidas alcohólicas deberán respetar también el 20 por ciento de aforo máximo, mientras que el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas se restringe hasta las 21:00 horas.   

En tanto los mercados públicos podrán funcionar con un aforo máximo del 30 por ciento y el comercio en tianguis y en vía pública podrá operar con un aforo reducido que evite aglomeraciones.

Por último, los comercios con actividades esenciales como: rama médica, paramédica y de apoyo a los servicios de salud, sector farmacéutico, disposición de residuos sólidos, limpieza y desinfección de inmuebles (venta de productos y prestación de servicios); seguridad pública y privada, y protección a la ciudadanía; servicios financieros, de ahorro y crédito, entre otros, podrán funcionar con apego a los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de la Actividad Comercial en el Municipio de Oaxaca de Juárez.

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